La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó un nuevo régimen opcional de presentación de declaraciones juradas y de pago de IVA y Ganancias para los vencimientos que operen en enero de cada año para pequeños contribuyentes y micro y pequeñas empresas, apuntando a que el profesional pueda administrar su tiempo de descanso con la familia.
La resolución general 5437/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial, dispuso esta nueva facilidad que permite postergar las declaraciones juradas y el pago de vencimientos de enero de cada año a febrero, con la condición de realizar un pago a cuenta.
La medida fue anunciada por el ministro de Economía, Sergio Massa, a fines de septiembre, como parte de un paquete de medidas de alivio fiscal destinadas a profesionales, monotributistas, autónomos y pequeñas y medianas empresas (pymes).
Dichas medidas, entre otros puntos, incluyeron la prórroga de vencimientos del aporte personal y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para autónomos, una actualización de importes de la escala de retención del Impuesto a las Ganancias, suspensión de exclusiones por superar el límite de facturación para monotributistas; y planes de pago de deuda impositiva para pymes.
Podrán acceder a este régimen opcional para los vencimientos de enero de cada año las micro y pequeñas empresas y los monotributistas, y comprende tanto al IVA (periodo fiscal de diciembre y con vencimiento en enero) como Ganancias (periodo fiscal cerrado en el mes de agosto del año anterior).